Derecho Bancario

Una cuestión de confianza

La confianza de los consumidores en los bancos se desploma. Sobre todo a raíz de la crisis financiera y los escándalos en los que la banca se ha visto envuelta desde entonces.

Se ha pasado de un cliente que aceptaba sin rechistar a mirar dos veces cada papel antes de firmarlo y a reclamar absolutamente todo lo que no sea de obligado cumplimiento.

Muchas veces la reclamación es sencilla y el banco la acepta sin poner muchos peros. Los casos más conocidos son los siguientes:

  • Comisiones por impagos o descubiertos
    • Son comisiones que los bancos cobran cuando el cliente se retrasa en el pago de alguna cuota o préstamo o alguna de sus cuentas presenta un saldo negativo
    • El Banco de España advierte todos los años a las entidades sobre esta práctica ya que tienen que demostrar cual es el gasto ocasionado por el retraso y el coste de las gestiones necesarias para su reclamación
    • Una simple solicitud al Servicio de Atención al Cliente del Banco suele producir la retrocesión de esas cantidades sin otro problema que cumplir las mareantes condiciones normalmente impuestas por ese tipo de Servicios de Atención al Cliente para ponerse en contacto con ellos: vía postal o digital, email o formulario, firma electrónico o digitalizada…
  • Seguros vinculados
    • Son pólizas de seguros que los bancos incorporan a los contratos y que muchas veces solo sirven para protegerles a ellos y no al usuario que paga la póliza
    • Se debe reclamar la cancelación de los seguros que no tenga utilidad práctica para el usuario y devolución de todas las primas abonadas a la compañía aseguradora que los comercializa a través del banco

Otro tipo de reclamaciones son más complejas y es mejor contar con asesoramiento especializado.

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